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Artículo 4 de la Ley 14.959

Autoriza a la municipalidad de pumanque para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de e° 10.000 con el fin de expropiar la propiedad que indica y cuyos deslindes señala, para destinarla a la construccion de un estadio; para su servicio establece una contribucion adicional de un dos y medio por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28000 / 8282006.

Texto oficial

Artículo 4° El producto del o los empréstitos autorizados por esta ley, será destinado por la Municipalidad de Pumanque a la expropiación de que habla el artículo 1° y a la construcción en ese sitio del Estadio Municipal.