Texto oficial
Artículo 3°- Los funcionarios a quienes se acredite
que han aplicado sanciones injustas o arbitrarias y que así
se califiquen por el Jefe Superior del Servicio, serán
sancionados con alguna de las medidas disciplinarias del
artículo 177° del Estatuto Administrativo, atendido el
mérito de los antecedentes que se reúnan en el sumario
correspondiente".