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Artículo 4 de la Ley 14.997

Autoriza al presidente de la república para invertir hasta la cantidad de e° 400.000 en diversas obras de adelanto local, con ocasion del centenario de la fundacion de la ciudad de angol, declara feriado, para todos los efectos legales, el dia 7 de diciembre de 1962, en el departamento de nacimiento y en la provincia de malleco.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28013 / 8282042.

Texto oficial

Artículo 4° El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al mayor ingreso que produzca durante el presente año la cuenta A-35-e).