Texto oficial
Artículo 26°.- En ningún caso el monto del dividendo de amortización del valor de transferencia de las viviendas de la Población Chinchorro de Arica podrá ser superior al del salario base del adquirente de la vivienda.
Modifica el decreto con fuerza de ley n° 94, de 21 de marzo de 1960, y las leyes que señala
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