Texto oficial
Artículo 81°- Los empleados en actual servicio en el Consejo de Fomento e Investigación Agrícolas, pertenecientes a la Planta Administrativa y que en los últimos tres años hubieren desempeñado labores técnicas , podrán ser nombrados en la Planta Directiva, Profesional y Técnica del Instituto de Desarrollo Agropecuario, aun cuando no reúnan los requisitos exigidos por la ley para desempeñarlos; pero cesarán en sus funciones el 31 de Diciembre de 1966, si en esa fecha no hubieren obtenido tales requisitos.