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Artículo 3 transitorio de la Ley 15.021

Modifica el estatuto para los medico - cirujanos, farmaceuticos o quimico - farmaceuticos, bio - quimicos y cirujanos dentistas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28017 / 8058023.

Texto oficial

Artículo 3°- La bonificación de E° 11,- concedida en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 14.688, de 23 de Octubre de 1961, queda absorbida por la nueva renta que se fija como sueldo base mensual del grado 5° en el artículo 9° de la ley N° 10.223, modificado por el N° 9° del artículo 1° de la presente ley.