Texto oficial
Artículo 3.o Auméntase en E.o 0,97 el monto mensual por carga de familia que goza el personal de servidores y ex servidores de la Administración Pública Fiscal, Congreso Nacional, Poder Judicial, Universidad de Chile, Técnica del Estado y de Concepción, Servicio Nacional de Salud, Empresa de los Ferrocarriles del Estado y Portuaria de Chile, la que será de cargo fiscal.