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Artículo 10 transitorio de la Ley 15.078

Autoriza al presidente de la república para que proceda a reorganizar los servicios que indica y modifica los decretos con fuerza de ley y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28033 / 8782035.

Texto oficial

Artículo 10.o- Dentro del plazo de 90 días de promulgada la presente ley, el Presidente de la República dictará el Reglamento que determine las normas de funcionamiento de la Escuela de Capacitación de Tesorerías.