Saltar al contenido

Artículo 9 transitorio de la Ley 15.078

Autoriza al presidente de la república para que proceda a reorganizar los servicios que indica y modifica los decretos con fuerza de ley y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28033 / 8782034.

Texto oficial

Artículo 9.o- No se aplicará en el Servicio de Tesorería de la República, lo establecido en el artículo 12.o de la ley N.o 14.821, de 29 de Diciembre de 1961.