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Artículo 1 de la Ley 15.109

Establece un recargo de un 30% sobre el monto de las multas que contempla la ley de alcoholes y bebidas alcoholicas, el que se destinara a los gastos extraordinarios que señala en que incurran el instituto de neurocirugia e investigaciones cerebrales y el servicio b de medicina del hospital san francisco de borja, de santiago.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28035 · idParte: 9044812

Texto oficial

"Artículo 1.o- La Ley de Presupuesto de Entradas y Gastos de la Nación consultará anualmente las siguientes partidas: E° 60.000 para el Instituto de Neurocirugía e Investigaciones Cerebrales y E° 20.000 para el Servicio B de Medicina del Hospital San Francisco de Borja, de Santiago, las que se destinarán a gastos extraordinarios en la renovación y ampliación de equipos e instrumental para la labor asistencial, de investigación y enseñanza, fuera de los presupuestos que les son propios.