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Artículo 9 de la Ley 15.120

Aprueba el presupuesto de la nacion en moneda nacional y en monedas extranjeras reducidas a dolares, para el año 1963.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28043 / 9079412.

Texto oficial

Artículo 9.o-El personal de Carabineros del Servicio de Orden y Seguridad no podrán desempeñar otras funciones fuera de su servicio que las señaladas en los artículos 5.o y 44 del DFL. N.o 22, de 1959, y en las condiciones que esos mismos preceptos indican, pudiendo, sin embargo, actuar como Ministro de Fe en funciones relativas a Registro Civil.