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Artículo 23 de la Ley 15.120

Aprueba el presupuesto de la nacion en moneda nacional y en monedas extranjeras reducidas a dolares, para el año 1963.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28043 / 9079426.

Texto oficial

Artículo 23.- El Servicio de Registro Civil e Identificación podrá pagar obras de reparaciones y ampliaciones ejecutadas en edificios de la Universidad de Chile y Servicio Nacional de Salud destinados a oficinas de Registro Civil.