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Artículo 4 de la Ley 15.140 · Estabiliza rentas de arrendamiento

Estabiliza rentas de arrendamiento

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28051 / 5975598.

Texto oficial

Artículo 4.o- Agrégase al artículo 14.o de la ley N.o 11.622 el siguiente inciso: "Los demandantes en juicio de desahucio o de restitución podrán retirar las rentas depositadas por los demandados sin que ello perjudique las objeciones formuladas o que se formulen a tales consignaciones".