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Artículo 12 de la Ley 15.141 · Reajusta los sueldos y salarios de los empleados y obreros del sector privado

Reajusta los sueldos y salarios de los empleados y obreros del sector privado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28052 / 9000634.

Texto oficial

Artículo 12°- Auméntase transitoriamente, en un 15%, el monto mensual por carga de la asignación familiar de los empleados particulares, a contar del 16 de Octubre de 1962 y hasta el 31 de Diciembre de 1962. Se declaran válidamente efectuados los pagos de asignación familiar de los empleados particulares, hechos o que se hagan en conformidad a los montos mensuales por carga, fijados para los años 1961 y 1962, por la Caja de Previsión de Empleados Particulares, aun cuando hubieren excedido al fondo de asignaciones familiares y de reservas.