Texto oficial
Artículo 30° - Agrégase al artículo 66° de la ley
N° 14.853, de 1962, el siguiente inciso cuarto: "No
regirá, además, respecto del pago de las asignaciones
familiares de empleados y obreros."
Reajusta los sueldos y salarios de los empleados y obreros del sector privado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28052 / 9000652.