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Artículo 1 transitorio de la Ley 15.169 · Crea la comuna-subdelegacion de la reina, en el de departamento de santiago.

Crea la comuna-subdelegacion de la reina, en el de departamento de santiago.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28066 / 8830790.

Texto oficial

Artículo Transitorio.- Las contribuciones, patentes, cuentas y demás créditos devengados o producidos a favor de la Municipalidad de Ñuñoa hasta el 30 de junio de 1963 y que en virtud de la presente ley correspondieren a la nueva municipalidad de La Reina, deberán pagarse a la Municipalidad de Ñuñoa. Corresponderá a la Municipalidad de Ñuñoa seguir atendiendo los servicios municipales de la nueva comuna de La Reina, hasta el 30 de junio de 1963, cualquiera que sea la fecha en que entre en vigencia la presente ley."