Texto oficial
Artículo 16°- Introdúcense las siguientes
modificaciones al D.F.L. N° 308, de 1° de Abril de 1960,
sobre Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo:
a) Reemplázanse en el inciso primero del artículo 1°
las palabras "sociedades mutualistas y", por
"organizaciones";
b) Suprímense en la letra b) del artículo décimo las
palabras "mutualistas y";
c) Sustitúyese en el artículo primero transitorio la
frase "Sociedades Mutualistas y", por "Organizaciones".