Saltar al contenido

Artículo 2 transitorio de la Ley 15.205

Fija las plantas de funcionarios del ministerio de agricultura y de los servicios de su dependencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28081 · idParte: 9079495

Texto oficial

Artículo 2° El personal de la Planta Directiva, Profesional y Técnica de la Oficina de Presupuestos del Ministerio de Agricultura, que fuere encasillado de acuerdo con la presente ley, tendrá todos los derechos que concede el decreto con fuerza de ley 338, de 1960, y no estará sujeto en su designación o ascensos, dentro de dicha Planta, a los requisitos señalados en el artículo 7° del decreto con fuerza de ley 106, de 1960, u otros exigidos por la ley.