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Artículo 5 transitorio de la Ley 15.205

Fija las plantas de funcionarios del ministerio de agricultura y de los servicios de su dependencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28081 · idParte: 9079498

Texto oficial

Artículo 5° La primera diferencia de sueldo que resulte del encasillamiento a que se refiere la presente ley y la primera asignación especial que se pague a los no funcionarios ingresarán a las respectivas instituciones de previsión, sino que serán de beneficio del personal.