Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 15.214

Autoriza a la municipalidad de quinta normal para expropiar la propiedad que señala con el fin de destinarla a campo deportivo.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28089 / 8282081.

Texto oficial

"Artículo 1° Declárase de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de Quinta Normal para expropiar la propiedad ubicada en las calles Embajador Gómez, Gonzalo Bulnes y Marcelo Fitte de la Población "Lo Franco", denominada "El Abanico", enrolada con el N° 4520/1 rol de avalúos, inscrita a fojas 1.761 número 3.043 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1934. El predio antes individualizado será destinado por la Municipalidad a campo deportivo y para lo cual se declara incorporado al Plano Regulador. La expropiación se llevará a efecto con arreglo a las disposiciones establecidas en los incisos 1° y 3° del artículo 43° del título III del decreto con fuerza de ley 224, de 1953, cuyo texto fue fijado por decreto supremo 1.050, del Ministerio de Obras Públicas, publicado en el "Diario Oficial" de 9 de julio de 1960.