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Artículo 1 de la Ley 15.229

Modifica las leyes que señala y fija las plantas de funcionarios de la direccion general del credito prendario y de martillo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28102 / 9000725.

Texto oficial

"Artículo 1.o- Introdúcese la siguiente modificación a la ley N.o 9.322, de 16 de Febrero de 1949: "Reemplázase la cifra $ 30.000." del artículo 8.o, por la siguiente frase: "La suma equivalente al monto de cinco sueldos vitales mensuales para la industria y el comercio de la provincia de Santiago".