Texto oficial
Artículo 5º: Podrán postular estudiantes
provenientes de establecimientos educacionales
subvencionados municipales que cumplan con los siguientes
requisitos:
a) que se encuentren cursando estudios entre 5º año de
educación básica y 4º año de educación media.
b) que sean preseleccionados por el establecimiento
educacional donde cursan estudios.
c) que rindan y aprueben el test de habilidades generales
aplicado por la institución de educación superior
reconocida por el Estado, a que se refiere el artículo
cuarto precedente, obteniendo, al menos, un puntaje que lo
sitúe en el percentil 75 de la distribución de su curso,
calculado a partir de los datos del grupo evaluado,
indicando el puntaje de corte correspondiente.
d) que cuenten con el patrocinio del sostenedor municipal
del establecimiento u otra entidad pública y/o privada, el
cual constará en una carta compromiso mediante la cual se
compromete a aportar el 50% restante de la beca a la que
accederá el becario, destinado a cubrir el costo total del
curso y/o talleres que recibirá el becario.