Texto oficial
Artículo 9º: Para la mantención de la beca el alumno
beneficiario de ella deberá cumplir con los siguientes
requisitos de permanencia:
a) Haber obtenido, al menos, un 60% de logro de
rendimiento en los cursos o talleres a que con motivo de la
beca acceda.
b) Encontrarse cursando, al menos, tres cursos anuales y
dos talleres en una institución de educación superior con
la cual el Ministerio de Educación mantenga vigente un
convenio destinado a proporcionar tales cursos y/o talleres.
c) Tener promedio de asistencia anual de, a lo menos, un
80% en los cursos del Programa en que se encuentre
matriculado, salvo situaciones excepcionales las que
deberán ser documentadas y aprobadas por el Coordinador del
Programa.
El becario que no dé cumplimiento a los requisitos
establecidos precedentemente perderá la beca. Asimismo,
dejará de ser beneficiario de la beca en caso de retiro
temporal no autorizado o abandono de los cursos o talleres
del Programa en que se encuentre matriculado.