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Artículo 57 de la Ley 15.231

Fija el texto definitivo y refundido de la ley de organización y atribuciones de los juzgados de policía local

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28104 · idParte: 8979461

Texto oficial

Artículo 57.o- En todos los casos en que en esta ley se mencione el término "sueldo vital" debe entenderse que se refiere al sueldo vital mensual del departamento de Santiago, vigente para, la industria y el comercio en el año calendario inmediatamente anterior al que se, cometiere la infracción.