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Artículo 15 de la Ley 15.249

Fija escalas de categorias, grados y sueldos al personal dependiente del ministerio de defensa nacional y carabineros de chile y modifica los d.f.l. y las leyes;que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28115 / 8830852.

Texto oficial

Artículo 15.o- Reemplázase la frase: "El Presidente de la República podrá rechazar la solicitud de recibo del jefe que desempeñe el cargo de Director General de Carabineros", que figura en la letra f) del artículo 26 del DFL. N.o 299, de 1953, por la siguiente: "el Presidente de la República podrá rechazar las solicitudes de retiro de los Jefes que sesempeñen los cargos de Director General o de General Subdirector de Carabineros".