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Artículo 3 transitorio de la Ley 15.249

Fija escalas de categorias, grados y sueldos al personal dependiente del ministerio de defensa nacional y carabineros de chile y modifica los d.f.l. y las leyes;que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28115 / 8830871.

Texto oficial

Artículo 3.o- Facúltase al Presidente de la República para fijar por sendos decretos supremos que llevarán número de ley, los textos refundidos de todas las disposiciones legales vigentes relativas a sueldos y demás beneficios económicos del personal de las Fuerzas Armadas y del de Carabineros de Chile, respectivamente.