Texto oficial
"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Cabrero, de la provincia de Concepción, para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito, préstamos que produzcan hasta la suma de veinte mil escudos (E° 20.000) a un interés no superior al bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.