Texto oficial
"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de San Nicolás para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito, uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de veinte mil escudos al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.