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Artículo 6 de la Ley 15.263

Fija escalas de grados y sueldos bases para el personal administrativo y dependiente del ministerio de educacion publica y modifica los d.f.l. y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28124 / 9044941.

Texto oficial

Artículo 6.o Facúltase al Presidente de la República para conceder por una sola vez una subvención de E.o 60.000 a la Sociedad de Instrucción Primaria para atender el pago de los beneficios que concede la presente ley, al personal docente de las escuelas que mantiene dicha Institutción.