Texto oficial
Artículo 31.o Gozará de los beneficios de la presente
ley el ex-Rector del Instituto Nacional, don Antonio
Oyarzún Lorca, pudiendo reliquidar su pensión de
jubilación y desahucio.
Fija escalas de grados y sueldos bases para el personal administrativo y dependiente del ministerio de educacion publica y modifica los d.f.l. y las leyes que señala
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