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Artículo 36 de la Ley 15.263

Fija escalas de grados y sueldos bases para el personal administrativo y dependiente del ministerio de educacion publica y modifica los d.f.l. y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28124 / 9044971.

Texto oficial

Artículo 36.o Las atribuciones técnicas y administrativas que de acuerdo con la legislación vigente, corresponden a los Directores de Educación Primaria y Normal; de Educación Secundaria y de Educación Profesional y que dicen relación con los servicios educacionales del Departamento de Arica, serán ejercidas por el Ministro de Educación, quien podrá delegarlas total o parcialmente.