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Artículo 38 de la Ley 15.263

Fija escalas de grados y sueldos bases para el personal administrativo y dependiente del ministerio de educacion publica y modifica los d.f.l. y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28124 / 9044973.

Texto oficial

Artículo 38.o A partir del 31 de Diciembre de 1964, mientras no se dicten los Reglamentos que ordena el artículo 263.o del D.F.L. N.o 338, de 1960, las Direcciones de Educación no convocarán a ningún nuevo curso de aquellos a que dicho artículo se refiere.