Texto oficial
Artículo 41.o Introdúcense al artículo 37.o de la ley
N.o 14.453, las siguientes modificaciones:
a) Agrégase al final del inciso tercero, reemplazando
el punto (.) por una coma (,) la siguiente frase: "conforme
al Reglamento que dictará el Presidente de la República.",
y
b) Agrégase el siguiente inciso cuarto: "Dicho
Reglamento determinará, separadamente respecto de cada rama
de la enseñanza, los requisitos que deben cumplirse para la
transformación de horas de clases en Cátedras,
considerándose la importancia de las distintas
asignaturas."