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Artículo 42 de la Ley 15.263

Fija escalas de grados y sueldos bases para el personal administrativo y dependiente del ministerio de educacion publica y modifica los d.f.l. y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28124 / 9044977.

Texto oficial

Artículo 42.o Autorízase al Presidente de la República para vender en subasta pública el edificio ubicado en calle Moneda N.o 1470 de esta ciudad y que estaba destinado al funcionamiento del Instituto Comercial Femenino. Las bases para la subasta serán fijadas por decreto expedido por el Ministerio de Tierras. El producto total de esta venta será destinado a la suscripción de acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, a fin de que esta sociedad proceda a la adquisición de un terreno adecuado a las necesidades del Instituto Comercial Femenino, y, si quedare excedente, lo invierta en la construcción de un local para dicho plantel educacional.