Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 8.888

Autoriza al presidente de la república para transferir a don carlos commentz l. el dominio de las mejoras fiscales existentes en el fundo "folilco", de los lagos, construidas por el ex servicio de lavaderos de oro

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 281267 · idParte: 6664458

Texto oficial

Artículo 2. El señor Carlos Commentz L., deberá declarar por escritura pública que, con la cesión que el Fisco le hace en conformidad a las disposiciones del articulo anterior, renuncia a toda acción que pudiera iniciar en contra de éste por los perjuicios que se le irrogaron en el fundo "Folileo", de su propiedad, por las obras ejecudas en él por el ex Servicio de Lavaderos de Oro.