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Artículo 1 de la Ley 8.889

Autoriza al presidente de la república para transferir gratuitamente al club andino de chile, sección punta arenas, el dominio de los terrenos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 281268 / 7380694.

Texto oficial

Artículo l.o Autorízase al Presidente de la República para que transfiera, gratuitamente, al Club Andino de Chile, Sección Punta Arenas, el dominio de una extensión de terrenos fiscales comprendida dentro de la Reserva Forestal de Magallanes, ubicada en la comuna, departamento y provincia de Magallanes, de doscientas doce hectáreas (212 has.), con los siguientes deslindes particulares : Norte, Reserva Forestal y camino Mina Chinita; Este, camino público a Punta Arenas; Sur y Oeste, Reserva Forestal de Magallanes.