Saltar al contenido

Artículo 55 de la Ley 15.266 · Reestructura el ministerio de relaciones exteriores

Reestructura el ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28127 / 9045043.

Texto oficial

Artículo 55.o Los cargos de Director de Fronteras, Asesor Geógrafo, Ingeniero Geodesta, Secretario General del Instituto Antártico Chileno y Jefes de Departamento de ese Organismo, serán compatibles con cualquiera clase de pensiones de jubilación.