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Artículo 2 de la Ley 5.115

Ley 5.115

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 281361 / 9054910.

Texto oficial

Artículo 2.o El representante legal de la Junta Central será el Director General de Beneficencia y Asistencia Social. Este funcionario deberá ser un médico chileno, designado por el Presidente de la República.