Texto oficial
"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Renca para contratar uno o más empréstitos que produzcan hasta la cantidad de E° 300.000, directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito, al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años.