Texto oficial
Artículo 9.o- Sustitúyese la letra g) del artículo
4.o de la ley N.o 10.645 por la siguiente:
"g) El personal de la Línea Aérea Nacional en
comisión de Servicio o que haga uso de su feriado legal o
que deba ser trasladado por prescripción médica"."