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Artículo 4 de la Ley 15.358

Fija las plantas del personal de la direccion del trabajo y de las subsecretarias del ministerio del ramo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28170 / 8830878.

Texto oficial

Artículo 4°- Los cargos de categorías contemplados en la Planta Administrativa de la presente ley se proveerán conforme al respectivo escalafón de especialidades. Los cargos correspondientes a la denominación de "Inspectores" establecidos en la Planta que fija el artículo 1° de la presente ley, se proveerán por estricto orden de escalafón, sin sujeción a lo que dispone el artículo 16°, letra b) del D. F. L. N° 338, de 1960.