Texto oficial
Artículo 14.o- Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de
1964 el plazo establecido en el artículo 1.o transitorio
del DFL. N.o 177, de 18 de Marzo de 1960.
Aumenta grados o categorias al personal de las plantas permanente y sulementaria de los servicios de la administración civil fiscal que indica, suplementa el presupuesto de la nacion y modifica las leyes y decretos con fuerza de ley que señala
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