Texto oficial
"Artículo 1° Se faculta al Presidente de la República para firmar los instrumentos pertinentes y para contraer las obligaciones que corresponda, con el fin de suscribir la cuota de US$ 33.320.000 del aumento de capital exigible del Banco Interamericano de Desarrollo, representados en 3.332 acciones de dicho Banco de US$ 10.000 cada una y para enterar US$ 1.416.000 como contribución adicional del Gobierno de Chile al Fondo para Operaciones Especiales del Banco Interamericano de Desarrollo.