Fija las plantas del personal de la direccion de industria y comercio; requisitos para ser designado en los cargos que indica; trabajos extraordinarios; regimen de prevision del personal de la ex comision de cambios internacionales que presta sus servicios en el banco central de chile; agrega incisos al articulo 5° de la ley 15.142, de 22 de enero de 1963, en relacion con la fijacion de precios de productos agricolas o pecuarios y sus derivados; agrega inciso al articulo 2° y reemplaza el articulo 8° del decreto con fuerza de ley 242, de 1960,
Artículo 2.o- Los empleados que sean encasillados en un cargo profesional o técnico deberán acreditar los requisitos respectivos; asimismo, para ser encasillado en los cargos de Supervisor o de Procurador Judicial, deberán acreditarse los requisitos establecidos en la presente ley.