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Artículo 24 de la Ley 15.561

Suplementa los item que indica del presupuesto corriente en moneda nacional para 1964 del ministerio de educacion publica para atender el pago del reajuste del personal de las universidades, declara constituida la universidad del norte, modifica la planta de la direccion de servicios electricos y de gas, aumenta los impuestos que indica y modifica los d.f.l. y las leyes que señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28206 / 8697892.

Texto oficial

Artículo 24°- Sustitúyese en el artículo 1° de la ley N° 9 976, el guarismo "5 %" por "9 %". Este aumento no afectará a las bebidas analcohólicas y licores en cuya manufactura se emplee azúcar, para los cuales se mantendrá el régimen impositivo vigente.