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Artículo 52 de la Ley 15.561

Suplementa los item que indica del presupuesto corriente en moneda nacional para 1964 del ministerio de educacion publica para atender el pago del reajuste del personal de las universidades, declara constituida la universidad del norte, modifica la planta de la direccion de servicios electricos y de gas, aumenta los impuestos que indica y modifica los d.f.l. y las leyes que señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28206 / 8697920.

Texto oficial

Artículo 52°- La provisión de los cargos que se crean en la Planta de la Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas, se hará con personal en actual servicio, sin perjuicio de la facultad que confiere al Presidente de la República el D.F.L. N° 338, de 1960, en su artículo 16, letra b). Estas designaciones no se considerarán ascensos para los efectos de lo dispuesto en los artículos 59 a 64 del D.F.L. N° 338, de 1960.