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Artículo 4 de la Ley 15.564

Modifica la ley n° 5.427, sobre impuestos a las herencias, asignaciones y donaciones y sustituye la ley n° 8.419, sobre impuesto a la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28208 · idParte: 8955548

Texto oficial

ARTICULO 4°- El Presidente de la República fijará el texto definitivo y refundido, que llevará número de ley, de la ley N° 5.427, sobre impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones, de 28 de Febrero de 1934, y sus modificaciones posteriores.