Texto oficial
IV- DISPOSICIONES VARIAS {ARTS. 98-103} Artículo 98.o-
El Tesorero General de la República entregará en el
presente año las siguientes cantidades a las Universidades
que se mencionan, como aporte fiscal para concurrir al mayor
gasto que ocasione el reajuste a
su personal:
Universidad Católica de Santiago_______ E° 1.293.000
Universidad Católica de Valparaíso_____ 276.000
Universidad Austral de Chile___________ 304.000
Universidad Técnica Federico Santa
María__________________________________ 301.000
Universidad del Norte _________________ 164.000
Universidad de Concepción______________ 1.710.000
____________
Asimismo, a contar del 1.o de Enero de 1965, se
consultarán anualmente en la Ley de Presupuesto de la
Nación las siguientes sumas como aporte fiscal, con los
mismos fines indicados en el inciso anterior:
Universidad Católica de Santiago______ E° 2.308.000
Universidad Católica de Valparaíso____ 552.000
Universidad Austral de Chile__________ 608.000
Universidad Técnica Federico Santa
María_________________________________ 602.000
Universidad del Norte_________________ 328.000
Universidad de Concepción_____________ 2.667.000
___________