Saltar al contenido

Artículo 100 de la Ley 15.575

Aumenta las rentas a los funcionarios que indica y modifica las leyes y los d.f.l. que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28212 / 8943888.

Texto oficial

Artículo 100.o- Reemplázanse en el artículo 1.o de la ley N.o 15.419 las palabras "31 de Marzo de 1964" por "31 de Diciembre de 1964".