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Artículo 3 de la Ley 15.630

Autoriza a la municipalidad de quillota para transferir gratuitamente al cuerpo de bomberos de esa ciudad el predio que indica y cuyos deslindes señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28229 / 8282332.

Texto oficial

Artículo 3° En caso de disolución del Cuerpo de Bomberos de Quillota, la donación objeto de la presente ley quedará resuelta por el sólo ministerio de la ley, reintegrándose al dominio municipal el predio indicado".